Legislación › Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.
Artículo 32. Derechos y deberes del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria.
Artículo 32. Derechos y deberes del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria.
El personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria tendrá los derechos y deberes inherentes a su condición de miembro de la comunidad educativa, y todos aquellos que le correspondan en virtud de la condición laboral respectiva.


