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Legislación › Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.

Artículo 34. Censo de equipamientos y servicios juveniles.

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Artículo 34. Registro Censo de servicios y equipamientos y servicios juveniles.
1. El La Administración de la Generalidad, por medio del departamento competente en materia de juventud de la Administración de la Generalidad es responsable juventud, tiene que organizar y mantener un censo de la organización equipamientos y el mantenimiento servicios juveniles. El departamento competente en materia de juventud debe regular por orden del Registro consejero o consejera el censo de servicios y equipamientos juveniles, y servicios juveniles y debe velar por la coordinación con el resto de organismos e instituciones.
2. El Registro objeto del censo es recoger de servicios manera ordenada y sistematizada los equipamientos y servicios juveniles debe regularse por reglamento. existentes en Cataluña.
3. La regulación finalidad del Registro de servicios y censo es difundir los equipamientos y servicios juveniles debe establecer los requisitos disponibles, ayudar a hacer el diagnóstico de acceso al Registro y las causas carencias y efectuar su tratamiento estadístico con el objetivo de pérdida mejorar las políticas de juventud. El censo debe constituir la condición base para elaborar el mapa general de registrado, así como los requisitos instrumentos de calidad ejecución de los servicios y equipamientos para el correcto desarrollo las políticas de sus actividades. juventud.
4. El departamento competente en materia Pueden ser objeto de juventud regulación específica y, si procede, de la Administración un registro propio, determinadas modalidades de la Generalidad debe impulsar los mecanismos necesarios para garantizar la actualización equipamientos o servicios juveniles, atendiendo a su naturaleza especial y al carácter público de los datos y, con esta finalidad, debe coordinarse con las demás administraciones públicas. sus funciones.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-547 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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