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Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

En vigor Ministerio de Educación · Publicada el 30 de octubre de 2010 · Último cambio el 17 de julio de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. CAPÍTULO II
  5. Artículo 2. Concurso.
  6. Artículo 3. Comisiones de servicio.
  7. Artículo 4. Movilidad por razón de violencia de género.
  8. Artículo 5. Reingreso o reincorporación a la actividad docente.
  9. Artículo 6. Provisión de plazas en centros superiores de enseñanzas artísticas.
  10. CAPÍTULO III
  11. Artículo 7. Concurso de traslados de ámbito estatal. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
  12. Sección 1
  13. Artículo 8. Normas procedimentales.
  14. Artículo 9. Convocatorias y puestos ofertados. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
  15. Sección 2
  16. Artículo 10. Requisitos generales de participación.
  17. Artículo 11. Participación voluntaria.
  18. Artículo 12. Participación obligatoria.
  19. Artículo 13. Participación del personal funcionario en prácticas. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
  20. Artículo 14. Requisitos específicos para solicitar determinados puestos.
  21. Artículo 15. Comunidades Autónomas con lengua propia de carácter oficial.
  22. Sección 3
  23. Artículo 16. Derecho preferente a centro. 2 redacciones · cambió el 05/10/2022
  24. Artículo 17. Derecho preferente a localidad o ámbito territorial.
  25. Artículo 18. Derecho de concurrencia.
  26. Sección 4
  27. Artículo 19. Resolución.
  28. Disposición adicional primera. Solicitud de plazas o puestos de otras Administraciones educativas.
  29. Disposición adicional segunda. Criterios para los desplazamientos. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
  30. Disposición adicional tercera. Antigüedad por desglose, desdoblamiento, fusión, transformación, supresión, o cualquier otra situación que suponga modificación del destino definitivo.
  31. Disposición adicional cuarta. Personal funcionario del Cuerpo de Maestros.
  32. Disposición adicional quinta. Especialidades del Cuerpo de Maestros. 2 redacciones · cambió el 09/11/2011
  33. Disposición adicional sexta. Permutas.
  34. Disposición transitoria primera. Personal funcionario del Cuerpo de Maestros adscritos a los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria.
  35. Disposición transitoria segunda. Profesores Técnicos de Formación Profesional.
  36. Disposición transitoria tercera. Personal funcionario transferido.
  37. Disposición transitoria cuarta. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo, a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional y del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
  38. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  39. Disposición final primera. Participación de las organizaciones sindicales.
  40. Disposición final segunda. Título competencial.
  41. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  42. Firma
  43. ANEXO I
  44. ANEXO II
  45. ANEXO III