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Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.
En vigor Ministerio de Educación · Publicada el 30 de octubre de 2010 · Último cambio el 17 de julio de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Concurso.
- Artículo 3. Comisiones de servicio.
- Artículo 4. Movilidad por razón de violencia de género.
- Artículo 5. Reingreso o reincorporación a la actividad docente.
- Artículo 6. Provisión de plazas en centros superiores de enseñanzas artísticas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Concurso de traslados de ámbito estatal. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
- Sección 1
- Artículo 8. Normas procedimentales.
- Artículo 9. Convocatorias y puestos ofertados. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
- Sección 2
- Artículo 10. Requisitos generales de participación.
- Artículo 11. Participación voluntaria.
- Artículo 12. Participación obligatoria.
- Artículo 13. Participación del personal funcionario en prácticas. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
- Artículo 14. Requisitos específicos para solicitar determinados puestos.
- Artículo 15. Comunidades Autónomas con lengua propia de carácter oficial.
- Sección 3
- Artículo 16. Derecho preferente a centro. 2 redacciones · cambió el 05/10/2022
- Artículo 17. Derecho preferente a localidad o ámbito territorial.
- Artículo 18. Derecho de concurrencia.
- Sección 4
- Artículo 19. Resolución.
- Disposición adicional primera. Solicitud de plazas o puestos de otras Administraciones educativas.
- Disposición adicional segunda. Criterios para los desplazamientos. 2 redacciones · cambió el 17/07/2024
- Disposición adicional tercera. Antigüedad por desglose, desdoblamiento, fusión, transformación, supresión, o cualquier otra situación que suponga modificación del destino definitivo.
- Disposición adicional cuarta. Personal funcionario del Cuerpo de Maestros.
- Disposición adicional quinta. Especialidades del Cuerpo de Maestros. 2 redacciones · cambió el 09/11/2011
- Disposición adicional sexta. Permutas.
- Disposición transitoria primera. Personal funcionario del Cuerpo de Maestros adscritos a los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Disposición transitoria segunda. Profesores Técnicos de Formación Profesional.
- Disposición transitoria tercera. Personal funcionario transferido.
- Disposición transitoria cuarta. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo, a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional y del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Participación de las organizaciones sindicales.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


