Legislación › Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.
Disposición final quinta. Actualización de anexos.
Disposición final quinta. Actualización de anexos.
Se autoriza al Director General de la Marina Mercante para actualizar los anexos de este real decreto, cuando ello venga impuesto por normativa nacional, de la Unión Europea o en función de avances técnicos.


