Legislación › Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para la obtención de los títulos habilitantes que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridad en la circulación, así como el régimen de los centros homologados de formación y de los de reconocimiento médico de dicho personal.
Disposición transitoria décima. Plazos de vigencia de reciclajes formativos y de reconocimientos psicofísicos de personal de conducción.
Disposición transitoria décima. Plazos de vigencia de reciclajes formativos y de reconocimientos psicofísicos de personal de conducción.
Todos aquellos reciclajes formativos o reconocimientos psicofísicos vigentes en el momento de entrada en vigor de la presente Orden, seguirán estándolo hasta la finalización de su periodo de vigencia inicialmente establecido.
Se añade por el art. único.50 de la Orden FOM/679/2015, de 9 de abril. BOE-A-2015-4243.
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