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Legislación › Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.

Artículo 34. El personal técnico de prevención de incendios y de gestión de emergencias de la Generalitat.

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Artículo 34. El personal técnico de prevención de incendios y de gestión de emergencias de la Generalitat.
1. El personal técnico de prevención de incendios y de gestión emergencias de la Generalitat lo constituye el personal de estas características perteneciente a la Conselleria competente en materia de protección civil civil, prevención de incendios y gestión de emergencias.
2. La conselleria Conselleria competente en materia de protección civil civil, de prevención de incendios y gestión de emergencias dispondrá de personal especializado para cada una de las tipologías de riesgos habituales en la Comunitat Valenciana.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-970 Leer Qué cambió
26 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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