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Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.
En vigor Comunitat Valenciana · Publicada el 10 de diciembre de 2010 · Último cambio el 10 de agosto de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Acción pública en materia de protección civil y gestión de emergencias.
- Artículo 3. Principios de actuación entre las administraciones públicas.
- Artículo 4. Derechos de los ciudadanos, las entidades o instituciones. 3 redacciones · cambió el 10/08/2026
- Artículo 5. Deberes de los ciudadanos, entidades e instituciones.
- Artículo 6. Previsión.
- Artículo 7. Prevención.
- Artículo 8. Autoprotección.
- Artículo 9. Medios de comunicación social.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Competencias del Consell. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Artículo 11. Participación de las consellerias de la Generalitat.
- Artículo 12. Conselleria competente en materia de protección civil y gestión de emergencias. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Diputaciones provinciales.
- Artículo 14. Municipios.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Naturaleza y funciones.
- Artículo 16. Composición y funcionamiento.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 17. La Mesa Social de la Protección Civil y las Emergencias de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 18. Funciones y facultades.
- Artículo 19. Composición y funcionamiento.
- Artículo 20. Carácter de las decisiones.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 21. Los planes de protección civil y gestión de emergencias.
- Artículo 22. El Plan Territorial de Emergencia de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 23. Los planes territoriales de ámbito inferior al comunitario.
- Artículo 24. Los planes especiales.
- Artículo 25. Los procedimientos de actuación.
- Artículo 26. Los protocolos operativos.
- Artículo 27. Los planes de autoprotección.
- Artículo 28. Planes de emergencia de eventos especiales. 3 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Artículo 29. Revisión de los planes.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 30. Definición de los servicios de intervención frente a emergencias.
- Artículo 31. Clasificación de los servicios de intervención frente a emergencias.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Servicios esenciales. 3 redacciones · cambió el 09/02/2017
- Artículo 33. «1·1·2 Comunitat Valenciana».
- Artículo 34. El personal técnico de prevención de incendios y de gestión de emergencias de la Generalitat. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
- Artículo 35. Los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento dependientes de las administraciones públicas.
- Artículo 36. Los bomberos voluntarios.
- Artículo 37. El Servicio de Bomberos Forestales. 2 redacciones · cambió el 09/02/2017
- Artículo 38. El personal técnico de protección y de gestión del medio natural de la Generalitat. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
- Artículo 39. El Servicio de Atención Sanitaria de Emergencia.
- Artículo 40. Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 41. Servicios complementarios.
- Artículo 42. Los bomberos de empresa.
- Artículo 43. Las unidades de prevención de incendios forestales.
- Artículo 44. Las Fuerzas Armadas.
- Artículo 45. El voluntariado de protección civil.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 46. Definición del voluntariado de protección civil.
- Artículo 47. Fomento del voluntariado de protección civil.
- Artículo 48. Seguro.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 49. «1·1·2 Comunitat Valenciana».
- Artículo 50. Funciones.
- Artículo 51. Compromiso de servicio.
- Artículo 52. Obligaciones de coordinación de los servicios esenciales con 1 1 2 Comunitat Valenciana.
- Artículo 53. Registro y acceso a la información de «1·1·2 Comunitat Valenciana».
- Artículo 54. Gestión integrada.
- Artículo 55. Mal uso de «1·1·2 Comunitat Valenciana».
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 56. El Centro de Coordinación de Emergencias.
- Artículo 57. Funciones.
- Artículo 58. Integración de organismos en el Centro de Coordinación de Emergencias.
- CAPÍTULO II
- Artículo 59. El Servicio de Bomberos Forestales. 3 redacciones · cambió el 16/11/2018
- Artículo 60. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 61. El Puesto de Mando Avanzado (PMA).
- Artículo 62. Unidades básicas.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 63. La vuelta a la normalidad.
- Artículo 64. La Oficina Única Postemergencia.
- Artículo 65. Funciones de la Oficina Única Postemergencia.
- Artículo 66. Comisión Interdepartamental para el Seguimiento y Coordinación de la Postemergencia.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 67. Formación de los servicios de intervención frente a emergencias.
- Artículo 68. Formación por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE).
- Artículo 69. Funciones del IVASPE en materia de protección civil y gestión de emergencias.
- Artículo 70. Necesidades formativas.
- Artículo 71. Organización y realización de actividades formativas por entes locales.
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 72. Distinciones.
- TÍTULO X
- CAPÍTULO I
- Artículo 73. Infracciones.
- Artículo 74. Infracciones muy graves.
- Artículo 75. Infracciones graves.
- Artículo 76. Infracciones leves.
- Artículo 77. Sanciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 78. Competencias sancionadoras. 2 redacciones · cambió el 09/02/2017
- Artículo 79. Régimen sancionador.
- Artículo 80. Prescripción.
- Artículo 81. Responsabilidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 82. Repercusión de los costes.
- Disposición adicional única. Plan Territorial Municipal y Plan de Actuación Municipal.
- Disposición transitoria primera. Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


