Legislación › Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.
Artículo 42. Los bomberos de empresa.
Artículo 42. Los bomberos de empresa.
1. Los bomberos de empresa estarán integrados por el personal adscrito a los servicios de prevención y extinción de incendios y autoprotección de las empresas públicas o privadas que ejerzan estas funciones en la empresa donde se encuentren en relación de dependencia.
2. Mediante ley se regulará la estructura, funcionamiento y organización de los bomberos de empresa.


