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Legislación › Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.

Artículo 42. Los bomberos de empresa.

Artículo 42. Los bomberos de empresa.

1. Los bomberos de empresa estarán integrados por el personal adscrito a los servicios de prevención y extinción de incendios y autoprotección de las empresas públicas o privadas que ejerzan estas funciones en la empresa donde se encuentren en relación de dependencia.

2. Mediante ley se regulará la estructura, funcionamiento y organización de los bomberos de empresa.

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