Legislación › Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de pesca y acuicultura de Extremadura.
Artículo 16. Señalización de aguas sometidas a régimen especial.
Artículo 16. Señalización de aguas sometidas a régimen especial.
Las aguas sometidas a régimen especial deberán estar perfectamente señalizadas en la forma en que se determine reglamentariamente.


