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Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra.

En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 28 de diciembre de 2010 · Último cambio el 15 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto de la Ley Foral.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Principios Generales de la Ley Foral.
  6. Artículo 4. Derechos generales en el ámbito de la salud pública.
  7. Artículo 5. Derechos generales en el ámbito de la asistencia sanitaria.
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 6. Intervenciones públicas sobre personas.
  11. Artículo 7. Derecho a la información y limitaciones al derecho de previo consentimiento.
  12. Artículo 8. Limitaciones en las intervenciones públicas sobre personas en garantía de sus derechos.
  13. Artículo 9. Garantías en la asistencia de las personas intervenidas.
  14. Artículo 10. Derecho a comunicaciones y a visitas de las personas internadas involuntariamente.
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 11. Titulares del derecho a la asistencia sanitaria pública.
  17. CAPÍTULO III
  18. Artículo 12. Derecho de elección de facultativo y centro.
  19. Artículo 13. Derecho de acceso a la atención sanitaria en un tiempo máximo de demora.
  20. Artículo 14. Derecho a la segunda opinión médica.
  21. Artículo 15. Derecho a obtener medicamentos y productos sanitarios necesarios para la salud.
  22. Artículo 16. Derecho al acompañamiento. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  23. Artículo 17. Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto.
  24. Artículo 18. Derecho a la asistencia sanitaria de calidad humana y científica.
  25. TÍTULO II
  26. Artículo 19. Colectivos específicos. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  27. Artículo 20. Menores.
  28. Artículo 21. Derechos de los enfermos mentales.
  29. Artículo 22. Garantías en la asistencia de los enfermos mentales.
  30. Artículo 23. Derecho a comunicaciones y visitas de los enfermos mentales internados involuntariamente.
  31. Artículo 24. Personas con discapacidad. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  32. Artículo 25. Personas con enfermedades crónicas.
  33. Artículo 26. Enfermos en procesos terminales.
  34. Artículo 27. Personas transexuales.
  35. Artículo 28. Ciudadanos extranjeros.
  36. TÍTULO III
  37. CAPÍTULO I
  38. Artículo 29. Derecho a la intimidad.
  39. Artículo 30. Habitaciones individuales.
  40. CAPÍTULO II
  41. Artículo 31. Derecho a la confidencialidad de la información.
  42. Artículo 32. Derecho a limitar la grabación y difusión de registros iconográficos.
  43. Artículo 33. Confidencialidad de los datos genéticos.
  44. Artículo 34. Confidencialidad de otros datos especialmente protegidos.
  45. Artículo 35. Excepciones al derecho a la confidencialidad.
  46. Artículo 36. Régimen de protección y garantía.
  47. TÍTULO IV
  48. CAPÍTULO I
  49. Artículo 37. Información sobre programas y planes sanitarios.
  50. Artículo 38. Información relativa al sistema sanitario de Navarra.
  51. Artículo 39. Derecho a conocer el nivel de calidad de los centros asistenciales.
  52. Artículo 40. Información sobre listas de espera.
  53. Artículo 41. Servicios de Información y Atención al ciudadano.
  54. CAPÍTULO II
  55. Artículo 42. Derecho a la información asistencial.
  56. Artículo 43. Destinatarios del derecho a la información asistencial. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  57. Artículo 44. Garantías del derecho a la información asistencial.
  58. CAPÍTULO III
  59. Artículo 45. Derecho de participación.
  60. Artículo 46. Participación social.
  61. Artículo 47. Reclamaciones y sugerencias.
  62. TÍTULO V
  63. CAPÍTULO I
  64. Artículo 48. Libertad de decisión del paciente.
  65. Artículo 49. Consentimiento informado.
  66. Artículo 50. Excepciones a la exigencia del consentimiento informado.
  67. Artículo 51. Otorgamiento del consentimiento por representación. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  68. Artículo 52. Contenido del documento de consentimiento informado.
  69. Artículo 53. Negativa a recibir un tratamiento sanitario.
  70. CAPÍTULO II
  71. Artículo 54. Voluntades anticipadas.
  72. Artículo 55. Formalización y registro de las voluntades anticipadas. 2 redacciones · cambió el 31/12/2016
  73. CAPÍTULO III
  74. Artículo 56. Información y consentimiento en procedimientos experimentales o de investigación sanitaria.
  75. Artículo 57. Derechos sobre los tejidos o muestras biológicas.
  76. TÍTULO VI
  77. CAPÍTULO I
  78. Artículo 58. Definición y tratamiento de la historia clínica.
  79. Artículo 59. Contenido de la historia clínica.
  80. Artículo 60. Usos de la historia clínica.
  81. Artículo 61. La conservación de la documentación clínica.
  82. Artículo 62. Custodia y gestión.
  83. Artículo 63. Destrucción de historias clínicas y conservación de datos relevantes.
  84. Artículo 64. Derechos de acceso a la historia clínica.
  85. Artículo 65. Derechos en relación con el contenido de la historia clínica.
  86. Artículo 66. Cumplimentación de la historia clínica.
  87. Artículo 67. Otros accesos.
  88. CAPÍTULO II
  89. Artículo 68. Informe de alta.
  90. Artículo 69. Emisión de certificados médicos.
  91. TÍTULO VII
  92. Artículo 70. Responsabilidad sobre la propia salud.
  93. Artículo 71. Respeto a las prescripciones y medidas sanitarias.
  94. Artículo 72. Utilización adecuada de los recursos y las prestaciones sanitarias de acuerdo con sus necesidades de salud.
  95. Artículo 73. Respeto a las personas.
  96. Artículo 74. Lealtad y veracidad en la aportación de los datos.
  97. TÍTULO VIII
  98. Artículo 75. Derechos de los profesionales de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  99. TÍTULO IX
  100. Artículo 76. Deberes de los profesionales de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  101. TÍTULO X
  102. Artículo 77. Régimen sancionador.
  103. Artículo 78. Concurrencia de sanciones.
  104. Artículo 79. Tipificación.
  105. Artículo 80. Infracciones.
  106. Artículo 81. Infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad.
  107. Artículo 82. Personas responsables.
  108. Artículo 83. Sanciones.
  109. Artículo 84. Graduación.
  110. Artículo 85. Órganos sancionadores competentes.
  111. Artículo 86. Plazo de resolución de los procedimientos sancionadores.
  112. Artículo 87. Medidas coercitivas.
  113. Disposición adicional primera.
  114. Disposición adicional segunda.
  115. Disposición derogatoria única.
  116. Disposición final primera.
  117. Disposición final segunda.
  118. Firma