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Legislación › Orden ITC/3353/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2011 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

Artículo 3. Anualidades del desajuste de ingresos para 2011.

Artículo 3. Anualidades del desajuste de ingresos para 2011.

1. A tenor de lo contemplado en la disposición adicional vigésima primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y sin perjuicio de las anualidades que correspondan para satisfacer los derechos de cobro del sistema eléctrico pendientes a la entrada en vigor de la presente orden, las cantidades previstas para satisfacer dichos derechos son las siguientes:

Desajuste de ingresos

(Miles
de euros)

Años 2003 a 2005 (extrapeninsular)

47.914

Años 2006 a 2008 (extrapeninsular)

117.639

Año 2005

311.661

Año 2006

174.563

Adjudicación 2ª subasta déficit ex ante 12 de junio de 2008

100.923

Año 2008

299.466

Año 2009

97.474

Año 2010

26.864

Anualidad FADE

508.512

Año 2011

217.327

Total

1.902.343

A tenor de lo contemplado en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, modificada por el artículo 22 del Real Decreto-ley 6/2010 de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, el tipo de interés que devengarán los «Derechos de cobro del déficit 2010» a partir del 1 de enero de 2011, será provisionalmente de un 2,00% hasta que se desarrolle una metodología de cálculo definitiva. Este tipo de interés se ha tenido en cuenta en el cálculo de la anualidad del año 2010.

A los efectos de su liquidación y cobro, estos costes se considerarán como costes de las actividades reguladas.

2. De acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de la disposición adicional vigésima primera, de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, se prevé un déficit de ingresos en las liquidaciones de las actividades reguladas en el sector eléctrico desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011, ambos inclusive, que asciende a 3.000 Millones de euros.

Se modifica por la disposición final 1 de la Orden ITC/688/2011, de 30 de marzo. BOE-A-2011-5757.

Se corrigen errores en el apartado 1 por el apartado 5 de la Orden ITC/619/2011, de 18 de marzo. BOE-A-2011-5334.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de abril de 2011 En vigor BOE-A-2011-5757 Leer Qué cambió
13 de abril de 2011 BOE-A-2011-5334 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 Texto original Leer

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