LexTotal

Legislación › Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de turismo de Castilla y León.

Artículo 46. Requisitos.

Artículo 46. Requisitos.

Las actividades de turismo activo deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo anterior y los que se establezcan reglamentariamente. En todo caso, sus titulares tendrán que suscribir y mantener vigente un seguro obligatorio de responsabilidad civil y otro de asistencia o accidentes, con la cobertura que se exija.

← Artículo 45 Índice Artículo 47 →