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Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de turismo de Castilla y León.

En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 30 de diciembre de 2010 · Último cambio el 25 de febrero de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y fines.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. TÍTULO I
  6. Artículo 3. Competencias de la Comunidad Autónoma.
  7. Artículo 4. Competencias de las provincias.
  8. Artículo 5. Competencias de las comarcas.
  9. Artículo 6. Competencias de los municipios.
  10. Artículo 7. Consorcios o Patronatos de Turismo.
  11. Artículo 8. Coordinación y cooperación administrativa.
  12. Artículo 9. Comunidades Castellanas y Leonesas en el exterior.
  13. Artículo 10. Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León.
  14. Artículo 11. Comisión Interconsejerías de Turismo de Castilla y León. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  15. TÍTULO II
  16. CAPÍTULO I
  17. Artículo 12. Derechos de los turistas.
  18. Artículo 13. Deberes de los turistas.
  19. Artículo 14. Resolución de conflictos.
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 15. Derechos de las empresas turísticas.
  22. Artículo 16. Deberes de las empresas turísticas.
  23. Artículo 17. Precios.
  24. Artículo 18. Sobrecontratación.
  25. TÍTULO III
  26. CAPÍTULO I
  27. Artículo 19. Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios de la actividad turística. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  28. Artículo 20. Actividad clandestina.
  29. CAPÍTULO II
  30. Artículo 21. Declaración responsable de establecimientos y actividades turísticas. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  31. Artículo 22. Dispensas.
  32. Artículo 23. Modificación, cese y cambios de titularidad. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  33. Artículo 24. Actuación administrativa de comprobación.
  34. Artículo 25. Guías de Turismo. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  35. CAPÍTULO III
  36. Artículo 26. Declaración responsable de las actividades turísticas no vinculadas a un establecimiento físico. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  37. Artículo 27. Ejercicio de la actividad de guía de turismo en régimen de libre prestación de servicios. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  38. CAPÍTULO IV
  39. Artículo 28. Registro de Turismo de Castilla y León.
  40. TÍTULO IV
  41. CAPÍTULO I
  42. Artículo 29. Servicio de alojamiento turístico.
  43. Artículo 30. Tipos de establecimientos de alojamiento turístico.
  44. Sección 1
  45. Artículo 31. Concepto.
  46. Artículo 32. Clasificación y categorías.
  47. Artículo 33. Especialización.
  48. Sección 2
  49. Artículo 34. Concepto.
  50. Artículo 35. Clasificación y categorías.
  51. Sección 3
  52. Artículo 36. Concepto.
  53. Artículo 37. Categorías.
  54. Sección 4
  55. Artículo 38. Concepto.
  56. Artículo 39. Categorías. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  57. Sección 5
  58. Artículo 40. Concepto.
  59. Artículo 41. Clasificación.
  60. CAPÍTULO II
  61. Artículo 42. Servicio turístico de restauración.
  62. Artículo 43. Clasificación y categorías.
  63. Artículo 44. Especialidades.
  64. CAPÍTULO III
  65. Artículo 45. Concepto.
  66. Artículo 46. Requisitos.
  67. Artículo 47. Organización de actividades de turismo activo. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  68. CAPÍTULO IV
  69. Artículo 48. Concepto.
  70. Artículo 49. Clasificación. 2 redacciones · cambió el 25/02/2021
  71. CAPÍTULO V
  72. Artículo 50. Concepto. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  73. Artículo 51. Organización de actividades de información o asistencia. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  74. TÍTULO V
  75. CAPÍTULO I
  76. Artículo 52. Desarrollo turístico sostenible.
  77. Artículo 53. Castilla y León accesible.
  78. Artículo 54. Recursos turísticos estratégicos.
  79. Artículo 55. Ordenación territorial de los recursos turísticos.
  80. Artículo 56. Espacio turístico saturado. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  81. Artículo 57. Planificación turística.
  82. Artículo 58. Calidad turística.
  83. CAPÍTULO II
  84. Artículo 59. Medidas de fomento.
  85. Artículo 60. Fomento del asociacionismo.
  86. Artículo 61. Fomento de la formación en turismo.
  87. CAPÍTULO III
  88. Artículo 62. Concepto y competencias.
  89. Artículo 63. «Castilla y León» como marca turística.
  90. Artículo 64. Medidas de promoción turística.
  91. Artículo 65. Censo de promoción de la actividad turística de Castilla y León.
  92. Artículo 66. Actividades turísticas complementarias y clasificación.
  93. Artículo 67. Declaraciones de interés turístico de Castilla y León.
  94. Artículo 68. Información turística.
  95. Artículo 69. Red de Oficinas de Turismo de Castilla y León.
  96. Artículo 70. Señalización turística.
  97. TÍTULO VI
  98. CAPÍTULO I
  99. Artículo 71. Ejercicio de la inspección de turismo.
  100. Artículo 72. Funciones de la inspección de turismo.
  101. Artículo 73. Condición de inspector de turismo.
  102. Artículo 74. Facultades de los inspectores de turismo.
  103. Artículo 75. Deberes de los inspectores de turismo.
  104. Artículo 76. Deberes del titular de la actividad turística y del personal a su servicio.
  105. Artículo 77. Coordinación interadministrativa.
  106. Artículo 78. Actas de inspección.
  107. CAPÍTULO II
  108. Sección 1
  109. Artículo 79. Concepto y clasificación.
  110. Artículo 80. Personas responsables.
  111. Artículo 81. Infracciones leves.
  112. Artículo 82. Infracciones graves.
  113. Artículo 83. Infracciones muy graves.
  114. Artículo 84. Prescripción de las infracciones.
  115. Sección 2
  116. Artículo 85. Sanciones.
  117. Artículo 86. Sanciones accesorias.
  118. Artículo 87. Criterios para la graduación de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
  119. Artículo 88. Prescripción de las sanciones.
  120. Sección 3
  121. Artículo 89. Procedimiento sancionador.
  122. Artículo 90. Medidas provisionales.
  123. Artículo 91. Órganos competentes.
  124. Sección 4
  125. Artículo 92. Registro de infractores en materia de turismo de la Comunidad de Castilla y León.
  126. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León.
  127. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del Registro de Turismo de Castilla y León.
  128. Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los centros de turismo rural existentes.
  129. Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio para el salón de banquetes.
  130. Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio del Censo de promoción de la actividad turística de Castilla y León.
  131. Disposición transitoria sexta. Régimen sancionador.
  132. Disposición derogatoria. Derogación normativa.
  133. Disposición final primera. Organización y funcionamiento del Registro de Turismo de Castilla y León.
  134. Disposición final segunda. Creación del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León.
  135. Disposición final tercera. Creación de la Comisión Interconsejerías de Turismo de Castilla y León. 2 redacciones · cambió el 29/02/2012
  136. Disposición final cuarta. Régimen de reservas.
  137. Disposición final quinta. Creación del Censo de promoción de la actividad turística de Castilla y León.
  138. Disposición final sexta. Marca «Hostería Real de Castilla y León».
  139. Disposición final séptima. Actualización de sanciones económicas.
  140. Disposición final octava. Habilitación normativa.
  141. Disposición final novena. Adaptación de la normativa reguladora.
  142. Disposición final décima. Entrada en vigor.
  143. Firma