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Legislación › Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de turismo de Castilla y León.

Disposición final segunda. Creación del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León.

Disposición final segunda. Creación del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León.

En el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley, la Junta de Castilla y León creará el Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido en la presente ley.

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