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Legislación › Real Decreto 194/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueban las Normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas.

Artículo 4. La seguridad en las Fuerzas Armadas.

Artículo 4. La seguridad en las Fuerzas Armadas.

1. La seguridad en las Fuerzas Armadas afecta a todos sus miembros; en consecuencia, cada uno de ellos le prestará atención permanente y será responsable, a su nivel, del cumplimiento de las normas y medidas que se establezcan para garantizar la integridad del personal, instalaciones, buques, aeronaves, armamento, material y documentación.

2. En el ámbito de la seguridad los miembros de las Fuerzas Armadas tendrán presente en todo momento los principios y reglas de comportamiento establecidos en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, aprobadas por Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, especialmente en sus relaciones con la población civil.

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