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Real Decreto 202/2010, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura para mejorar la producción, la comercialización y la formación del sector.

En vigor Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · Publicada el 16 de marzo de 2010 · Último cambio el 3 de julio de 2010 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y líneas de ayuda. 2 redacciones · cambió el 03/07/2010
  4. Artículo 2. Beneficiarios y requisitos.
  5. Artículo 3. Plan de acción.
  6. CAPÍTULO I
  7. Sección 1
  8. Artículo 4. Objeto.
  9. Artículo 5. Actuaciones subvencionables.
  10. Artículo 6. Límite y cuantía de la ayuda.
  11. Sección 2
  12. Artículo 7. Objeto.
  13. Artículo 8. Actuaciones subvencionables.
  14. Artículo 9. Límite y cuantía de la ayuda.
  15. Sección 3
  16. Artículo 10. Objeto. 2 redacciones · cambió el 03/07/2010
  17. Artículo 11. Actuaciones subvencionables. 2 redacciones · cambió el 03/07/2010
  18. Artículo 12. Límite y cuantía de la ayuda. 2 redacciones · cambió el 03/07/2010
  19. CAPÍTULO II
  20. Artículo 13. Límite conjunto de la ayuda. 2 redacciones · cambió el 03/07/2010
  21. Artículo 14. Solicitudes de ayudas.
  22. Artículo 15. Compatibilidad de la ayuda. 2 redacciones · cambió el 03/07/2010
  23. Artículo 16. Distribución de fondos y criterios de prioridad.
  24. Artículo 17. Gestión de las subvenciones.
  25. Artículo 18. Reintegro de las ayudas.
  26. Artículo 19. Informes anuales.
  27. Disposición transitoria única. Plazos aplicables al año 2010. 2 redacciones · cambió el 03/07/2010
  28. Disposición final primera. Condición suspensiva.
  29. Disposición final segunda. Condicionalidad de las ayudas.
  30. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 233/2002, de 1 de marzo, por el que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura y se establecen medidas de apoyo a su constitución y funcionamiento.
  31. Disposición final cuarta. Título competencial.
  32. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  33. Firma
  34. ANEXO