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Legislación › Real Decreto 202/2010, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura para mejorar la producción, la comercialización y la formación del sector.

Artículo 13. Límite conjunto de la ayuda.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de marzo de 2010 y la del 4 de julio de 2010. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 13. Límite conjunto de la ayuda.
El límite conjunto para las ayudas establecidas en las secciones 1.ª a 3.ª del presente capítulo será de 250.000 300.000 euros por agrupación de productores para actuaciones realizadas en un periodo máximo de 3 años.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de julio de 2010 En vigor BOE-A-2010-10543 Leer Qué cambió
17 de marzo de 2010 Texto original Leer

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