Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Artículo 63. Agencias de régimen especial.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2011 y la del 1 de enero de 2012.
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Artículo 63. Agencias de régimen especial.
1. Las agencias de régimen especial elaborarán un Presupuesto de ingresos y gastos que se integrará en el Presupuesto de la Junta de Andalucía.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, los Presupuestos El Presupuesto de gastos de las agencias de régimen especial tendrán tiene carácter limitativo por su importe global y estimativo en su distribución por categorías económicas, vinculante de acuerdo con excepción la clasificación económica del gasto en los siguientes niveles:
– Capítulo I.
– Capítulos II al IV.
– Gastos de capital, que comprenderá los Capítulos VI y VII.
– Gastos financieros, correspondientes a gastos los Capítulos VIII y IX.
3. Las modificaciones que afecten al Capítulo I o que incrementen el importe total del Presupuesto se regirán por lo dispuesto en el Capítulo II de personal, este Título.
4. Cualquier otra modificación que no suponga una alteración del importe global, afectando a los niveles de gasto establecidos en todo caso tienen carácter limitativo y vinculante el apartado 2 de este artículo, deberá ser autorizada por la Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la persona titular de la agencia. La propuesta de modificación deberá expresar su cuantía total; incidencia en la consecución de los respectivos objetivos de gasto.
5. Respecto de la autorización o realización de gastos de carácter plurianual se modificarán cuando proceda conforme al Capítulo II estará a lo dispuesto en el artículo 40 de este Titulo. la presente Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-360 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-592 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-497 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-881 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-1436 | Leer | Qué cambió |
| 19 de marzo de 2010 | Texto original | Leer |


