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Legislación › Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.

Disposición adicional séptima. Modificación automática de los anexos.

Disposición adicional séptima. Modificación automática de los anexos.

A efectos de lo establecido por la letra a del artículo 7.1, se entiende que cuando se produce la modificación de las legislaciones de origen quedan modificados automáticamente sus anexos.

Se modifica por el artículo 80.19 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. BOE-A-2015-3637.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3637 Leer Qué cambió
11 de agosto de 2010 Texto original Leer

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