LexTotal

Legislación › Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.

Artículo 19. Asesoramiento para la creación de empresas en Extremadura.

Artículo 19. Asesoramiento para la creación de empresas en Extremadura.

Los extremeños en el exterior tienen derecho a recibir de la Administración de la Junta de Extremadura asesoramiento técnico y jurídico para la creación de empresas en Extremadura.

← Artículo 18 Índice Artículo 20 →