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Legislación › Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.

Artículo 14. Participación en programas de la Junta de Extremadura relacionados con el empleo.

Artículo 14. Participación en programas de la Junta de Extremadura relacionados con el empleo.

Los extremeños en el exterior tienen derecho a la participación en programas de empleo de la Junta de Extremadura, así como a conocer las ofertas de empleo que gestione su servicio público de empleo y a acceder a las mismas en condiciones de igualdad con respecto a los ciudadanos residentes en Extremadura, siempre que cumplan con los restantes requisitos establecidos en los mismos.

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