Legislación › Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
Artículo 11. Objetivos generales.
Artículo 11. Objetivos generales.
Las Administraciones públicas de Navarra promoverán y fomentarán especialmente:
a) La construcción de vivienda protegida.
b) La obtención y urbanización de suelo con destino a vivienda protegida, procurando la concertación con los Ayuntamientos para dotarlo adecuadamente de servicios.
c) La rehabilitación de viviendas y de áreas urbanas.
d) El alquiler de viviendas desocupadas.
e) La promoción de viviendas de alquiler.
f) La vivienda ecológica mediante la bioconstrucción y el bioclimatismo.
g) El incremento del parque residencial público vinculado al sistema público de alquiler, por medio de la adquisición de viviendas.
Se añade la letra g) por el art. único.1 de la Ley Foral 7/2023, de 9 de marzo. BOE-A-2023-8482
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-8482 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 2010 | Texto original | Leer |


