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Legislación › Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.

Disposición transitoria vigésima. Entrada en vigor de los artículos 97 y 98.

Disposición transitoria vigésima. Entrada en vigor de los artículos 97 y 98.

Lo establecido en los artículos 97 y 98 de esta ley foral entrará en vigor en el momento en que dispongan de plena eficacia jurídica.

Se añade por el art. 1.47 de la Ley Foral 20/2022, de 1 de julio. BOE-A-2022-12940

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