Legislación › Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
Disposición transitoria décima novena. Viviendas protegidas sobre suelos no reservados para tal fin.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 2022 y la del 12 de julio de 2025.
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Disposición transitoria décima novena. Viviendas protegidas sobre suelos no reservados para tal fin.
Durante los cinco años siguientes a la aprobación de esta ley foral, cuando se trate de promoción de viviendas en régimen de alquiler sin opción de compra edificadas sobre parcelas no reservadas por el planeamiento a la promoción de viviendas de protección oficial, la duración del régimen de protección será como mínimo de quince años, contados a partir de la fecha de su calificación definitiva. Dos años antes del fin del régimen de protección, deberá realizarse notificación expresa y personalizada a cada unidad familiar residente en estas viviendas explicando con detalle el régimen y precios que regirán a partir de entonces. (Suprimida)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-15656 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 2022 | BOE-A-2022-12940 | Leer |
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