Legislación › Ley 4/2009, de 1 de diciembre, de participación institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
Artículo 12. Reglamento de organización y funcionamiento.
Artículo 12. Reglamento de organización y funcionamiento.
1. El Consejo de Gobierno aprobará mediante decreto el reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Diálogo Social, que regulará su composición específica, régimen jurídico y atribuciones.
2. El procedimiento de elaboración del citado decreto se iniciará en la consejería competente en materia laboral, mediante la elaboración del correspondiente proyecto, en la que participarán las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma.
Se añade por el art. 10 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre. BOE-A-2019-1632


