Legislación › Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 9. Estructura de ciclo de grado superior en judo y defensa personal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de junio de 2011 y la del 6 de marzo de 2014.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 9. Estructura de ciclo de grado superior en judo y defensa personal.
1. El ciclo de grado superior en judo y defensa personal se estructura en módulos, agrupados en bloque común y bloque específico.
2. Los módulos de enseñanza deportiva del ciclo de grado superior en judo y defensa personal son los que a continuación se relacionan:
a) Módulos del bloque común:
MED-C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento.
MED-C302 Factores psicosociales del alto rendimiento.
MED-C303 Formación de formadores deportivos.
MED-C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento.
b) Módulos del bloque específico:
MED-JUJU301 Planificación y programación del alto rendimiento en judo.
MED-JUJU302 Entrenamiento en judo y defensa personal de alto rendimiento.
MED-JUJU303 La competición en judo.
MED-JUJU304 Organización y gestión del club de judo.
MED-JUJU305 Enseñanza del judo y defensa personal.
MED-JUJU306 Proyecto.
MED-JUJU307 Formación práctica.
3. La distribución horaria de las enseñanzas mínimas del ciclo de grado superior en judo y defensa personal se establece en el anexo I. I-B.
4. Los objetivos generales y los módulos enseñanza deportiva de ciclo de grado superior en judo y defensa personal quedan desarrollados en el anexo II.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de marzo de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2357 | Leer | Qué cambió |
| 22 de junio de 2011 | Texto original | Leer |


