Legislación › Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.
Disposición adicional única. Animales abandonados.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 2011 y la del 18 de diciembre de 2016.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (170 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional única. Animales abandonados.
No obstante lo previsto en el artículo 2.3.b), en En el caso de los animales abandonados de la especie equina que se encuentren en el centro de acogida o recogida, se entenderá como propietario titular del animal al poseedor o propietario titular del centro, que será el responsable de los daños que el animal pueda pudiere causar a terceros.
Se excepcionan de la regla anterior aquéllos supuestos en que los animales de especie equina que se encuentren en el centro de acogida o recogida provengan de un decomiso provisional o definitivo, ordenado por la autoridad judicial o administrativa competente, y se conozca la identidad del anterior titular, al que podrán reclamarse los daños que el animal haya ocasionado a terceros y hasta que se considere normalizado y restablecido su estado de salud, hasta transcurrido un plazo máximo de un año de la efectividad del decomiso.
La misma responsabilidad del párrafo anterior podrá exigirse a aquellos casos en que los animales de la especie equina se encuentren en el centro de acogida o recogida a causa de una cesión voluntaria por parte de su titular, siempre que la misma tenga origen en una recomendación realizada por autoridad judicial o administrativa competente por el incumplimiento del deber de cuidado de los animales o la infracción de las normas de protección establecidas en el ordenamiento jurídico.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de diciembre de 2016 En vigor | BOE-A-2016-11950 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2011 | Texto original | Leer |


