Legislación › Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición adicional primera. Referencias y remisiones normativas.
Disposición adicional primera. Referencias y remisiones normativas.
Las referencias en otras normas a la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura, S.A., y al resto de sociedades que por aplicación de esta Ley son objeto de concentración se entenderán realizadas a Extremadura Avante, S.L.U., y a su grupo de sociedades.
Extremadura Avante, S.L.U., y sus filiales unipersonales, gozarán de los privilegios que la legislación autonómica extremeña establece respecto de las sociedades que participan en el proceso de concentración empresarial.
Se modifica por el art. 2.8 de la Ley 2/2014, de 18 de febrero. BOE-A-2014-2384
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de febrero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2384 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2010 | Texto original | Leer |


