Legislación › Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.
Disposición transitoria segunda. Calendario para las inspecciones técnicas.
Disposición transitoria segunda. Calendario para las inspecciones técnicas.
(Derogada).
Se deroga por la disposición derogatoria única.6.ª de la Ley 8/2013, de 26 de junio. BOE-A-2013-6938.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de junio de 2013 En vigor | BOE-A-2013-6938 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 2011 | Texto original | Leer |
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