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Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · Publicada el 18 de octubre de 2011 · Último cambio el 13 de marzo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 29/03/2014
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Solicitantes.
  7. Artículo 5. Forma y presentación de la solicitud.
  8. Artículo 6. Documentación aneja a la solicitud.
  9. Artículo 7. Estudio justificativo de la solicitud.
  10. Artículo 8. Comprobación y publicidad de las solicitudes. 2 redacciones · cambió el 29/03/2014
  11. Artículo 9. Publicidad de la solicitud. 2 redacciones · cambió el 29/03/2014
  12. Artículo 10. Plazo para la presentación de las declaraciones de oposición. 2 redacciones · cambió el 29/03/2014
  13. Artículo 11. Causas de oposición.
  14. Artículo 12. Petición de informes. 2 redacciones · cambió el 29/03/2014
  15. Artículo 13. Resolución del procedimiento de oposición.
  16. Artículo 14. Plazo máximo de duración del procedimiento de oposición.
  17. Artículo 15. Transmisión de las solicitudes a la Comisión Europea.
  18. Artículo 16. Oposición a solicitudes presentadas por agrupaciones de otros Estados miembros o de terceros países. 2 redacciones · cambió el 29/03/2014
  19. Artículo 17. Protección nacional transitoria. 2 redacciones · cambió el 29/03/2014
  20. Artículo 18. Mesa de coordinación de la calidad diferenciada.
  21. Disposición adicional primera. Publicidad de las denominaciones preexistentes.
  22. Disposición adicional segunda. Términos tradicionales.
  23. Disposición transitoria única. Tramitación de solicitudes anteriores.
  24. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  25. Disposición final primera. Título competencial.
  26. Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y aplicación.
  27. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  28. [firma]