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Ley 10/2007, de 29 de junio, sobre Perros de Asistencia para la Atención a Personas con Discapacidad.
En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 26 de octubre de 2011 · Último cambio el 20 de julio de 2007 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Concepto de perro de asistencia.
- Artículo 3. Reconocimiento e identificación.
- Artículo 4. Condiciones higiénico-sanitarias.
- Artículo 5. Determinación de lugares públicos o de uso público.
- Artículo 6. Ejercicio del derecho.
- Artículo 7. Gastos económicos.
- Artículo 8. Obligaciones de la persona usuaria del perro de asistencia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Infracciones.
- Artículo 10. Sujetos responsables.
- Artículo 11. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 12. Sanciones.
- Artículo 13. Responsabilidad y graduación de las sanciones.
- Artículo 14. Órganos competentes.
- Artículo 15. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Personas adiestradoras.
- Disposición adicional segunda. Entidades especializadas.
- Disposición adicional tercera. Campañas informativas y educativas.
- Disposición transitoria.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Adaptación de las ordenanzas municipales.
- Disposición final tercera. Régimen supletorio.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Disposición derogatoria.
- Firma


