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Legislación › Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

En el plazo de un año, a contar desde la entrada en vigor de esta ley, se procederá a la elaboración y aprobación del reglamento de organización y funcionamiento del registro de las entidades colaboradoras de atención socioeducativa a personas infractoras menores de edad.

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