LexTotal

Legislación › Real Decreto

Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego.

En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 15 de noviembre de 2011 · Último cambio el 25 de junio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  5. Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  6. TÍTULO I
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 3. Títulos habilitantes y operadores de juego.
  9. Artículo 4. Solicitud de licencias y autorizaciones.
  10. Artículo 5. Extinción de licencias y autorizaciones.
  11. Artículo 6. Transmisión de licencias, autorizaciones y contratación de actividades con terceros.
  12. CAPÍTULO II
  13. Sección 1
  14. Artículo 7. Tipos de licencias.
  15. Artículo 8. Derecho a obtener licencia.
  16. Artículo 9. Comunicación a las Comunidades Autónomas.
  17. Artículo 10. Plazos para la resolución.
  18. Artículo 11. Resolución motivada y recursos.
  19. Artículo 12. Plazos de vigencia de las licencias.
  20. Sección 2
  21. Artículo 13. Requisitos de los interesados para la obtención de licencias generales. 2 redacciones · cambió el 25/06/2026
  22. Artículo 14. Acreditación de la solvencia técnica, económica y financiera.
  23. Artículo 15. Convocatoria del procedimiento de otorgamiento de licencias generales.
  24. Artículo 16. Otorgamiento de licencias generales.
  25. Sección 3
  26. Artículo 17. Procedimiento para la solicitud y el otorgamiento de licencias singulares.
  27. Artículo 18. Solicitud de licencias singulares y reglamentación básica de los juegos.
  28. CAPÍTULO III
  29. Artículo 19. Ámbito y límites de la autorización.
  30. Artículo 20. Documentación que debe acompañar a la solicitud de autorización.
  31. Artículo 21. Procedimiento y plazos para la resolución.
  32. Artículo 22. Contenido de la resolución.
  33. Artículo 23. Recursos.
  34. CAPÍTULO IV
  35. Artículo 24. Autorización para la comercialización no ocasional de juegos de lotería.
  36. Artículo 25. Procedimiento para la autorización de la comercialización no ocasional de juegos de lotería.
  37. Artículo 26. Autorización para la comercialización de juegos de lotería de ámbito superior al estatal.
  38. Artículo 27. Autorización excepcional para la comercialización ocasional de juegos de lotería.
  39. Artículo 28. Transmisión de la autorización.
  40. Artículo 29. Extinción de la autorización.
  41. Artículo 30. Colaboradores en la comercialización de productos de lotería.
  42. TÍTULO II
  43. CAPÍTULO I
  44. Artículo 31. Contrato de juego.
  45. Artículo 32. Contenido del contrato de juego.
  46. Artículo 33. Obligaciones del operador en relación con los participantes.
  47. Artículo 34. Obligaciones del participante.
  48. Artículo 35. Registros de usuario y cuentas de juego.
  49. Artículo 36. Límites a los depósitos. 2 redacciones · cambió el 04/11/2020
  50. Artículo 36 bis. Sistema de límites de depósito conjuntos por jugador.
  51. CAPÍTULO II
  52. Artículo 37. Pago de la participación en los juegos.
  53. Artículo 38. Abono de los premios. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  54. Artículo 39. Obligaciones del operador en relación con los fondos de los participantes.
  55. CAPÍTULO III
  56. Artículo 40. Garantías vinculadas a las licencias generales.
  57. Artículo 41. Garantías vinculadas a las licencias singulares.
  58. Artículo 42. Constitución de las garantías.
  59. Artículo 43. Forma de constitución de las garantías. 2 redacciones · cambió el 25/06/2026
  60. Artículo 44. Importe de las garantías.
  61. Artículo 45. Vigencia, cancelación, retención y ejecución de las garantías.
  62. TÍTULO III
  63. CAPÍTULO I
  64. Artículo 46. Registros del sector del juego.
  65. Artículo 47. Inscripción, modificación y cancelación de los datos.
  66. CAPÍTULO II
  67. Artículo 48. Objeto del Registro General de Licencias de Juego.
  68. Artículo 49. Estructura del Registro General de Licencias de Juego.
  69. Artículo 50. Inscripción provisional.
  70. Artículo 51. Inscripción definitiva.
  71. Artículo 52. Modificación de los datos inscritos.
  72. Artículo 53. Cancelación de la inscripción definitiva.
  73. Artículo 54. Certificaciones registrales.
  74. CAPÍTULO III
  75. Artículo 55. Objeto del Registro.
  76. Artículo 56. Datos registrales. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  77. Artículo 57. Inscripción. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  78. Artículo 58. Inscripción a instancia del interesado.
  79. Artículo 59. Inscripción a petición de tercero interesado o por resolución judicial.
  80. Artículo 60. Vigencia de las inscripciones. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  81. Artículo 61. Modificación y cancelación de los datos inscritos. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  82. Artículo 62. Cooperación interadministrativa. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  83. CAPÍTULO IV
  84. Artículo 63. Objeto del Registro. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
  85. Artículo 64. Contenido de la inscripción.
  86. Artículo 65. Inscripción y modificación de los datos.
  87. Artículo 66. Notificación de los datos registrales.
  88. Artículo 67. Cancelación.
  89. Disposición adicional primera. Títulos habilitantes otorgados por otros Estados del Espacio Económico Europeo.
  90. Disposición adicional segunda. Prestación de servicios a operadores de juego.
  91. Disposición adicional tercera. Liquidez internacional.
  92. Disposición adicional cuarta. Especialidades de los concursos.
  93. Disposición adicional quinta. Abono de los premios de los juegos sujetos a reserva.
  94. Disposición adicional sexta. Aplicaciones de juego gratuito. 2 redacciones · cambió el 04/11/2020
  95. Disposición adicional séptima. Acuerdos de corregulación.
  96. Disposición adicional octava. Sistemas técnicos de las entidades autorizadas para la comercialización de las loterías incluidas en el ámbito de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
  97. Disposición adicional novena. Reglamentación básica de los juegos.
  98. Disposición adicional décima. Tramitación electrónica. 2 redacciones · cambió el 25/06/2026
  99. Disposición adicional undécima. Designación de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado como operador legalmente autorizado para la comercialización de los juegos de loterías.
  100. Disposición adicional duodécima. Régimen específico de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE). 2 redacciones · cambió el 25/06/2026
  101. Disposición adicional decimotercera. Gestión del sistema de límites de depósito conjuntos por jugador.
  102. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable a la publicidad de las actividades de juego.
  103. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las Apuestas Mutuas que comercializa la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.
  104. Disposición final primera. Habilitación del titular del Ministerio de Economía y Hacienda.
  105. Disposición final segunda. Habilitación de la Comisión Nacional del Juego.
  106. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  107. Firma
  108. ANEXO I
  109. ANEXO II
  110. ANEXO III