Legislación › Orden DEF/3217/2011, de 18 de noviembre, por la que se regula el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas.
Artículo 4. Órganos competentes.
Artículo 4. Órganos competentes.
1. Corresponde al Ministro de Defensa la resolución de los procedimientos relativos a los actos inscribibles regulados en la presente orden.
2. Corresponde al Registro la tramitación de la solicitud de inicio y la instrucción de los procedimientos relativos a los actos inscribibles regulados en la presente orden.


