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Legislación › Orden DEF/3217/2011, de 18 de noviembre, por la que se regula el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas.

Artículo 3. Naturaleza y adscripción del Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas.

Artículo 3. Naturaleza y adscripción del Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas.

El Registro es un órgano administrativo del Ministerio de Defensa adscrito a la Secretaría Permanente del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. Se ubicará en Madrid y tendrá carácter unitario para todo el territorio nacional.

Se modifica por el art. único de la Orden DEF/2/2015, de 8 de enero. BOE-A-2015-244.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-244 Leer Qué cambió
10 de diciembre de 2011 Texto original Leer

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