Legislación › Real Decreto 1637/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo.
Artículo 13. Deber de sigilo.
Artículo 13. Deber de sigilo.
Los miembros de la Comisión Filatélica del Estado y los expertos que participen en sus reuniones o grupos de trabajo, estarán obligados a guardar reserva, sigilo o secreto sobre cuantos aspectos estén protegidos por la normativa aplicable, sin menoscabo del cumplimiento del deber de información con las entidades que representen.


