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Legislación › Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

La presente ley no será de aplicación a los expedientes sancionadores que se encuentren iniciados en el momento de su entrada en vigor, salvo que resulte más favorable para la persona o entidad expedientada.

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