Legislación › Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears.
Disposición adicional segunda. Mantenimiento de los bienes adscritos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de enero de 2011 y la del 1 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición adicional segunda. Asunción de funciones.
La Agencia de Salud Pública de las Illes Balears ha de asumir sus funciones en un plazo máximo de seis meses, contados desde la entrada en vigor de sus estatutos. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de noviembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-19806 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-2272 | Leer | Qué cambió |
| 5 de enero de 2011 | Texto original | Leer |
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