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Legislación › Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears.

Disposición adicional cuarta. Competencias en materia de personal.

Disposición adicional cuarta. Competencias en materia de personal.

Por parte del consejero o de la consejera competente en materia de función pública se puede delegar el ejercicio de determinadas competencias ejecutivas en materia de personal estatutario, funcionario y laboral en el director o la directora general competente en materia de salud pública.

Se añade por la disposición final 1.2 de la Ley 2/2021, de 8 de noviembre. BOE-A-2021-19806

Se deroga por la disposición derogatoria única.i) de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre. BOE-A-2012-2272.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de noviembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-19806 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-2272 Leer Qué cambió
5 de enero de 2011 Texto original Leer

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