Legislación › Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears.
Disposición adicional cuarta. Competencias en materia de personal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de enero de 2011 y la del 1 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (40 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional cuarta. Mantenimiento de los bienes adscritos.
Los bienes que, a fecha de inicio de la actividad de la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears, están afectos a los servicios de la Dirección General de Salud Pública y Participación, quedan automáticamente adscritos a la agencia. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de noviembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-19806 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-2272 | Leer | Qué cambió |
| 5 de enero de 2011 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →


