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Legislación › Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario de la Región de Murcia.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

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Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». No obstante, las prescripciones contenidas en el artículo 20.3 de esta Ley entrarán en vigor de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo de la disposición final segunda.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-1927 Leer Qué cambió
20 de junio de 2009 Texto original Leer

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