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Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario de la Región de Murcia.
En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 9 de febrero de 2011 · Último cambio el 23 de noviembre de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Finalidad.
- Artículo 3. Destinatarios.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Profesionales sanitarios.
- Artículo 6. Administración Sanitaria.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 7. Principios rectores.
- Artículo 8. Humanización de la atención y asistencia sanitaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Ámbitos de protección.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Derechos básicos en promoción de la salud.
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Derechos básicos en el ámbito asistencial.
- Artículo 12. Derecho de elección de facultativo y centro.
- Artículo 13. Derecho de acceso a la atención sanitaria en un tiempo máximo de demora.
- Artículo 14. Derecho a la segunda opinión médica.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Colectivos específicos.
- Artículo 16. Menores. 2 redacciones · cambió el 23/11/2018
- Artículo 17. Personas mayores, personas con discapacidad y personas con enfermedades psíquicas.
- Artículo 18. Personas con enfermedades crónicas.
- Artículo 19. Enfermos con procesos terminales.
- Artículo 20. Ciudadanos extranjeros. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 21. Derecho a la intimidad.
- Artículo 22. Derecho al acompañamiento.
- Artículo 23. Derecho a la asistencia espiritual y/o religiosa.
- CAPÍTULO II
- Artículo 24. Derecho a la confidencialidad.
- Artículo 25. Datos personales.
- Artículo 26. Datos genéticos y en materia de reproducción asistida.
- Artículo 27. Excepciones al derecho a la confidencialidad.
- Artículo 28. Régimen de garantía y protección.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 29. Derechos de información.
- Artículo 30. Derecho a la información asistencial.
- Artículo 31. Destinatarios del derecho a la información asistencial.
- Artículo 32. Excepciones al derecho a la información asistencial.
- Artículo 33. Garantías del derecho a la información asistencial.
- Artículo 34. Derecho a la información epidemiológica.
- Artículo 35. Derecho a la información sobre planes sanitarios.
- Artículo 36. Información relativa al Sistema Sanitario.
- Artículo 37. Servicios de Información y Atención al Ciudadano.
- CAPÍTULO II
- Artículo 38. Derecho de Participación.
- Artículo 39. Participación social.
- Artículo 40. Participación individual y derecho de opinión y queja.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 41. Derecho a la libertad de decisión.
- Artículo 42. Consentimiento informado.
- Artículo 43. Información previa al consentimiento informado.
- Artículo 44. Contenido del documento de consentimiento informado.
- Artículo 45. Límites y excepciones al consentimiento informado.
- Artículo 46. Consentimiento por sustitución.
- Artículo 47. Negativa a recibir una técnica o procedimiento sanitario.
- CAPÍTULO II
- Artículo 48. Información y consentimiento en procedimientos experimentales o de investigación sanitaria.
- Artículo 49. Derechos sobre los tejidos o muestras biológicas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 50. Documento de instrucciones previas.
- Artículo 51. Formalización y registro de las instrucciones previas.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 52. Concepto.
- Artículo 53. Contenido de la historia clínica.
- Artículo 54. Gestión y conservación de la historia clínica.
- Artículo 55. Acceso y uso de la historia clínica por los profesionales e instituciones sanitarias.
- Artículo 56. Derecho de acceso del paciente a su historia clínica.
- CAPÍTULO II
- Artículo 57. Informe de alta.
- Artículo 58. Informe de alta voluntaria y forzosa.
- Artículo 59. Emisión de certificados médicos.
- Artículo 60. Obligaciones de los profesionales en materia de información estadística y administrativa.
- TÍTULO VII
- Artículo 61. Deberes.
- Artículo 62. Deberes en relación con los profesionales sanitarios y con la salud individual y colectiva.
- Artículo 63. Deberes en el acceso y uso de los servicios sanitarios.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 64. Tutela.
- Artículo 65. Compromiso.
- Artículo 66. Garantías.
- CAPÍTULO II
- Artículo 67. Autorización y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Acreditación.
- Artículo 68. Calidad asistencial.
- Artículo 69. Formación e investigación sanitaria.
- Artículo 70. Sistemas de información sanitaria.
- Artículo 71. Inspección y control.
- Artículo 72. Régimen sancionador.
- Artículo 73. Ética asistencial.
- Disposición adicional primera. Red sanitaria de utilización pública de la Región de Murcia.
- Disposición adicional segunda. Accesibilidad.
- Disposición adicional tercera. Habitaciones de uso individual.
- Disposición adicional cuarta. Sistemas de información.
- Disposición derogatoria. Cláusula derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Disposición final tercera. Entrada en vigor. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Firma


