Legislación › Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general del registro de variedades comerciales y se modifica el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero.
ANEXO IV
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2018 y la del 1 de septiembre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (211 palabras). Subrayado: lo que se añadió (114 palabras).
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ANEXO IV
Reglamento técnico de inscripción de variedades de especies forrajeras, pratenses, cespitosas y leguminosas de grano
1. Ámbito de aplicación.–El ámbito de aplicación de este Reglamento comprende todas las variedades de las especies siguientes:
Agrostis estolonífera: Agrostis stolonífera L.
Agrostis tenue: Agrostis capillaris L.
Dactilo: Dactylis glomerata L.
Festuca alta: Festuca arundinacea Schreber.
Festuca pratense: Festuca pratensis Hudson.
Festuca roja: Festuca rubra L.
Grama de las Bermudas: Cynodon dactylon (L.)Pers.
Poa de los prados: Poa pratensis L.
Ray-grass híbrido: Lolium x boucheanum Kunth.
Ray-grass inglés: Lolium perenne L.
Ray-grass italiano: Lolium multiflorum Lam.
Alfalfa: Medicago sativa L.
Altramuz amarillo: Lupinus luteus L.
Altramuz azul: Lupinus angustifolius L.
Altramuz blanco: Lupinus albus L.
Esparceta: Onobrychis viciifolia Scop.
Garbanzo: Cicer arietinum L.
Guisante: Pisum sativum L. (partim).
Haba: Vicia faba L. (partim).
Lenteja: Lens culinaris Medik.
Trébol blanco: Trifolium repens L.
Trébol subterráneo: Trifolium subterraneum L.
Trébol violeta: Trifolium pratense L.
Veza común: Vicia sativa L.
Veza vellosa: Vicia villosa Roth
Alverjón: Vicia narbonensis L.
Yeros: Vicia ervilia (L.) Willd.
Zulla: Hedysarum coronarium L.
2. Fechas límite de presentación de solicitudes de inscripción.–Las fechas límite de presentación de las solicitudes para cada campaña serán las siguientes:
Alfalfa: 1 de enero.
Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas, Poa, Ray-Grass y Tréboles: 1 de junio.
Altramuces, Alverjón, Esparceta, Garbanzo, Guisante forrajero, Habas forrajeras, Lentejas, Vezas, Yeros y Zulla: 1 de agosto.
3. Material necesario para los ensayos.–Con objeto de llevar a cabo los ensayos y determinaciones que se prevén en el Reglamento General deberá suministrarse en los almacenes del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría, situados en Avda. Padre Huidobro s/n en la carretera de La Coruña, Km. 7’500 (28023 Madrid), el siguiente material para cada variedad solicitada, excepto el material de identificación de las especies de Garbanzo y Altramuces que entregarán en el Centro de Semillas del INIA, Plaza de España, sector 3, 41013 Sevilla.
Para ensayos de identificación (sólo el primer año, semillas sin tratar):
Alfalfa, Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas, Poa, Ray-Grass y Tréboles: 1 kilogramo de semilla.
Altramuces, Garbanzos, Lentejas y Yeros: 5 kilogramos de semilla.
Esparceta y Zulla: 2 kilogramos de semilla.
Alverjón, Vezas, Guisante forrajero y Habas forrajera: 3 kilogramos de semilla.
Para ensayos de valor agronómico (anualmente, semilla tratada):
Alfalfa, Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas, Poa, Ray-Grass y Tréboles: 2 Kilos de semilla.
Esparceta, Yeros y Zulla: 15 kilogramos de semilla.
Altramuces, Alverjón, Garbanzos y Vezas: 25 kilogramos de semilla.
Lentejas: 20 kilogramos de semilla.
Guisante forrajero y Habas forrajeras: 40 kilogramos de semilla.
4. Fechas límite de entrega del material.–Las fechas límite de entrega de material para cada campaña y especie serán las siguientes:
Alfalfa: 1 de febrero.
Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas y Poa, Tréboles y Ray-Grass: 1 de julio.
Altramuces, Esparceta, Garbanzos, Guisante forrajero, Habas forrajeras, Alverjón, Lentejas, Vezas, Yeros y Zulla: 1 de septiembre.
5. Criterios de evaluación.–Los estudios más importantes a llevar a cabo para determinar el valor agronómico o de utilización, se referirán fundamentalmente al:
Rendimiento.
Resistencia a los organismos nocivos.
Comportamiento con respecto a factores del entorno físico.
Características cualitativas.
Se considerarán, al menos, como características fundamentales para apreciar la calidad de una variedad las siguientes para las distintas especies:
Alfalfa: contenido en materia seca, proteínas y caroteno.
Dactilo, Esparceta, Festucas, Ray-Grass, Zulla y Tréboles: contenido en materia seca y proteínas.
Yeros: contenido en proteínas y alcaloides
Garbanzos: contenido en alcaloides y proteínas
Altramuces: contenido en proteínas, grasa y alcaloides.
Alverjón y Vezas: contenido en materia seca y proteínas.
Lentejas, Guisantes y Habas: contenido en proteínas.
Variedades cespitosas: la finura de las hojas, densidad del césped, persistencia y resistencia al frío y al calor, según comportamiento invernal y al pisoteo.
6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.
Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que que, con anterioridad al 1 de septiembre de 2018, 2019, hayan iniciado los exámenes oficiales para su admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el examen técnico.
Especies que cumplen con los protocolos de examen de la OCVV (1):
Nombre científico ·
Denominación común ·
Protocolo ·
Festuca rubra L. arundinacea Schreb.
·
Festuca roja
·
TP 67/1/ de 23.6.2011.
·
Festuca ·
Festuca alta. ·
TP 39/1 de 1.10.2015. ·
Festuca pratensis Huds. ·
Festuca pratense. ·
TP 39/1 de 1.10.2015. ·
Festuca rubra L. ·
Lolium multiflorum Lam. Festuca roja. ·
TP 67/1 de 23.6.2011. ·
Ray grass Italiano Lolium × hybridum Hausskn. ·
Ray-grass híbrido. ·
TP 4/1 de 23.6.2011. ·
Lolium perenne L. multiflorum Lam. ·
Ray-grass Inglés Ballico de Italia. ·
TP 4/1 de 23.6.2011. ·
Lolium x boucheanum Kunth perenne L. ·
Ray-grass híbrido inglés. ·
TP 4/1 de 23.6.2011. ·
Pisum sativum L. (partim) ·
Guisante forrajero forrajero. ·
TP 7/2 rev. 2 de 15.3.2017. ·
Poa pratensis L. ·
Poa de los prados. ·
TP 33/1 de 15.3.2017. ·
Vicia sativa L. ·
Veza común. ·
TP 32/1 de 19.4.2016. ·
(1) El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu). Especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV (2):
Nombre científico ·
Denominación común ·
Protocolo ·
Agróstis estolonifera Agrostis capillaris L. ·
Agrostis estolonifera o rastrera Agróstide común. ·
TG/30/6 de 12.10.1990 12.10.1990. ·
Agróstis capillaris Agrostis stolonifera L. ·
Agrostis tenue o común Agróstide estolonífera. ·
TG/30/6 de 12.10.1990 12.10.1990. ·
Medicago sativa Dactylis glomerata L. ·
Alfalfa Dáctilo. ·
TG/6/5 TG/31/8 de 6.4.2005 17.4.2002. ·
Lupinus albus L. ·
Altramuz blanco blanco. ·
TG/66/4 de 31.3.2004 31.3.2004. ·
Lupinus luteus angustifolius L. ·
Altramuz amarillo azul. ·
TG/66/4 de 31.3.2004 31.3.2004. ·
Lupinus angustifolius luteus L. ·
Altramuz azul amarillo. ·
TG/66/4 de 31.3.2004 31.3.2004. ·
·
Dactylis glomerata L.
·
Dactilo
·
TG/31/8 de 17.4.2002
·
Festuca arundinacea Schreber
·
Festuca alta
·
TG/39/8 de 17.4.2002
·
Festuca pratensis Huds.
·
Festuca pratense
·
TG/39/8 de 17.4.2002
·
Festuca rubra L.
·
Festuca roja
·
TG/67/5 de 5.4.2006
Poa pratensis Medicago sativa L. ·
Poa de los prados Alfalfa; mielga. ·
·
TG/33/7 de 9.4.2014
·
Lolium multiflorum Lam.
·
Ray grass Italiano
·
TG/4/8 de 5.4.2006
·
Lolium perenne
·
Ray-grass Inglés
·
TG/4/8 de 5.4.2006
·
Lolium x boucheanum Kunth
·
Ray-grass híbrido
TG/4/8 TG/6/5 de 5.4.2006 6.4.2005. ·
Trifolium pratense L. ·
Trébol violeta violeta. ·
TG/5/7 de 4.4.2001 4.4.2001. ·
Trifolium repens L. ·
Trébol blanco blanco. ·
TG/38/7 de 9.4.2003 9.4.2003. ·
·
Trifolium subterrameum L.
·
Trébol subterráneo
·
TG/170/3 de 4.4.2001
·
Vicia faba L.
·
Haba forrajera
·
TG/8/6 de 17.4.2002
·
Vicia sativa L.
·
Veza común
·
TG/32/7 de 20.3.2013
·
Cicer arietinum L.
·
Garbanzo
TG/143/4 (1) El texto de 6.04.2005 estos protocolos puede consultarse en la web de
·
Lens culinaris medik
·
Lenteja
·
TG/21/019.04.2003 la OCVV (www.cpvo.europa.eu).
·
(2) El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).
Téngase en cuenta que la modificación del apartado 6, efectuada por el art. único.4 de la Orden APA/775/2019, de 2 de julio. BOE-A-2019-10539 entra en vigor el 1 de septiembre de 2019, según establece su disposición final 2.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 En vigor | BOE-A-2025-23683 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | BOE-A-2022-19561 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2021-21286 | Leer | Qué cambió |
| 31 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5413 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2019 | BOE-A-2019-10539 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2018 | BOE-A-2018-11904 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2017 | BOE-A-2017-4871 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2016 | BOE-A-2016-4809 | Leer | Qué cambió |
| 20 de julio de 2014 | BOE-A-2014-7655 | Leer | Qué cambió |
| 11 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-10691 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2011 | BOE-A-2011-19442 | Leer | Qué cambió |
| 13 de febrero de 2011 | Texto original | Leer |


