Legislación › Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general del registro de variedades comerciales y se modifica el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero.
ANEXO XI
ANEXO XI
Reglamento técnico de inscripción de variedades de fresa
1. Ámbito de aplicación.–El ámbito de aplicación de este Reglamento comprende todas las variedades del genero Fragaria.
2. Fechas límite de presentación de solicitudes de inscripción.–La fecha límite de presentación de solicitudes será el 10 de septiembre.
3. Material necesario para los ensayos.–El material necesario para ensayos deberá durante dos años consecutivos, entregándose siempre el mismo tipo de material en ambos años:
Fresa: 40 plantas frescas.
4. Fechas de entrega de material.–Las fecha límite de entrega de material será entre el 10 al 25 de octubre.
En el caso de que por algún accidente quede inutilizado el material vegetal, el solicitante, previo requerimiento del Registro de Variedades Comerciales, deberá proceder a un nuevo envío del mismo.
5. Criterios de evaluación.–Las observaciones se efectuarán durante un mínimo de dos años.
6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.
Aquellas variedades de la especie que se cita a continuación, que hayan comenzado las observaciones de sus caracteres antes de la fecha de entrada en vigor de este nuevo Protocolo de examen, no les será de aplicación el mismo. Resultará de aplicación este nuevo Protocolo de examen en la fecha límite de entrega de material vegetal que se encuentra establecida para el primer año de ensayo.
Especies que cumplen con los protocolos de examen de la OCVV (1):
|
Nombre científico |
Denominación común. |
Protocolo. |
|
Fragaria x ananassa Duchense ex Rozier |
Fresa |
TP 022/3 de 28/11/2012 |
(1) El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).
Se modifica el apartado 6 por el art. único.5 de la Orden AAA/1170/2013, de 21 de junio. BOE-A-2013-6904.
Se modifica el apartado 6 por el art. único.5 de la Orden AAA/1772/2012, de 2 de agosto. BOE-A-2012-10691.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de junio de 2013 En vigor | BOE-A-2013-6904 | Leer | Qué cambió |
| 11 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-10691 | Leer | Qué cambió |
| 13 de febrero de 2011 | Texto original | Leer |


