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Resolución de 22 de febrero de 2011, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se regula el procedimiento de pagos en divisas.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 11 de marzo de 2011 · Último cambio el 20 de septiembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 20/09/2021
  2. Preámbulo
  3. Primero. Ámbito de aplicación.
  4. Segundo. Pagos en divisas en firme.
  5. Tercero. Pagos en divisas «a justificar».
  6. Cuarto. Pagos en divisas para «Anticipos de caja fija».
  7. Quinto. Remisión de los documentos contables a la oficina de contabilidad.
  8. Sexto. Ordenación y pago a favor del Cajero de pagos al exterior.
  9. Séptimo. Actuaciones del Cajero de pagos al exterior.
  10. Octavo. Contabilización de las diferencias de cambio y de las comisiones cargadas por el Banco de España.
  11. Noveno. Reintegros por sobrantes de pagos «a justificar» provenientes del exterior a favor del Tesoro Público.
  12. Décimo. Justificación de los pagos.
  13. Disposición adicional única. Pagos en euros a los agentes mediadores de «Pagos a justificar» y de «Anticipos de caja fija» que se reciben en cuentas bancarias en España para su posterior conversión en moneda distinta del euro.
  14. Disposición transitoria única. Pagos al exterior en euros.
  15. Disposición derogatoria. Derogación de la Resolución de 10 de mayo de 1995 conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, sobre procedimientos de pagos en divisas.
  16. Disposición final única. Entrada en vigor.
  17. Firma
  18. ANEXO I
  19. ANEXO II
  20. ANEXO III