Legislación › Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias.
Cuarto.
Cuarto.
Delegar en la Jefatura de Área de Afiliación, cotización y recaudación las siguientes competencias:
a) Reconocimiento de la condición de mutualistas y beneficiarios, altas, bajas y variaciones de su condición y de los derechos derivados de la misma incluido el de la asistencia sanitaria.
b) La resolución de los expedientes de recaudación, impago y reclamación de cuotas.
c) La devolución de cuotas.
Se añade el párrafo c) por el apartado 1.2 de la Resolución de 29 de abril de 2013. BOE-A-2013-4986.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de mayo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-4986 | Leer | Qué cambió |
| 15 de marzo de 2011 | Texto original | Leer |


