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Legislación › Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias.

Cuarto.

Cuarto.

Delegar en la Jefatura de Área de Afiliación, cotización y recaudación las siguientes competencias:

a) Reconocimiento de la condición de mutualistas y beneficiarios, altas, bajas y variaciones de su condición y de los derechos derivados de la misma incluido el de la asistencia sanitaria.

b) La resolución de los expedientes de recaudación, impago y reclamación de cuotas.

c) La devolución de cuotas.

Se añade el párrafo c) por el apartado 1.2 de la Resolución de 29 de abril de 2013. BOE-A-2013-4986.

Redacciones de este artículo

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14 de mayo de 2013 En vigor BOE-A-2013-4986 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2011 Texto original Leer

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