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Legislación › Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias.

Quinto.

Quinto.

Delegar en la Jefatura de Área de Prestaciones Económicas las siguientes competencias:

1. (Sin efecto)

2. La resolución de los expedientes y la autorización y disposición del gasto de las prestaciones y otros procedimientos de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial.

Se deja sin efecto la delegación de competencias del apartado 1 por la Resolución de 28 de diciembre de 2015. BOE-A-2016-1087.

Se añade el párrafo j) al apartado 1 por el apartado 1.3 de la Resolución de 29 de abril de 2013. BOE-A-2013-4986.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-1087 Leer Qué cambió
14 de mayo de 2013 BOE-A-2013-4986 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2011 Texto original Leer

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