LexTotal

Legislación › Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias.

Sexto.

Sexto.

Delegar en la Jefatura de Área de Farmacia y Asistencia Sanitaria las siguientes competencias:

1. (Suprimido)

2. La resolución de los expedientes y la autorización y disposición del gasto de:

a) Reintegro de gastos de farmacia a mutualistas.

b) Pagos de medicamentos a hospitales.

3. La autorización y disposición del gasto referido a los conciertos o contratos suscritos con entidades públicas o privadas para la prestación de la asistencia sanitaria y la prestación farmacéutica.

4. Resolución de los procedimientos relativos a asistencia sanitaria y de aquellos expedientes en que haya intervenido la Comisión Mixta Nacional, prevista en los conciertos con las entidades de seguro.

Se revoca la delegación de competencias del apartado 1 por Resolución de 26 de octubre de 2015. BOE-A-2015-12079.

Redactada conforme a la corrección de errores publicada por Resolución de 12 de noviembre de 2015. BOE-A-2015-12845.

Se suprimen las letras a) y d) del apartado 1, se reordenan las letras b) y c) como a) y b) y se modifica la b) por el apartado 1.3 de la Resolución de 29 de abril de 2013. BOE-A-2013-4986.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-12079 Leer Qué cambió
14 de mayo de 2013 BOE-A-2013-4986 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2011 Texto original Leer

← Quinto Índice Séptimo →