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Legislación › Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias.

Cuarto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de marzo de 2011 y la del 14 de mayo de 2013. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Cuarto.
Delegar en la Jefatura de Área de Afiliación, cotización y recaudación las siguientes competencias:
a) Reconocimiento de la condición de mutualistas y beneficiarios, altas, bajas y variaciones de su condición y de los derechos derivados de la misma incluido el de la asistencia sanitaria.
b) La resolución de los expedientes de recaudación, impago y reclamación de cuotas.
c) La devolución de cuotas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de mayo de 2013 En vigor BOE-A-2013-4986 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2011 Texto original Leer

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