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Legislación › Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias.

Sexto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de mayo de 2013 y la del 8 de noviembre de 2015. Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Sexto.
Delegar en la Jefatura de Área de Farmacia y Asistencia Sanitaria las siguientes competencias:
1. La resolución de los expedientes y la autorización y disposición del gasto de las siguientes prestaciones:
a) Ayuda por hospitalización psiquiátrica.
b) Ayuda por tratamiento de psicoterapia y logopedia.
(Suprimido)
2. La resolución de los expedientes y la autorización y disposición del gasto de:
a) Reintegro de gastos de farmacia a mutualistas.
b) Pagos de medicamentos a hospitales.
3. La autorización y disposición del gasto referido a los conciertos o contratos suscritos con entidades públicas o privadas para la prestación de la asistencia sanitaria y la prestación farmacéutica.
4. Resolución de los procedimientos relativos a asistencia sanitaria y de aquellos expedientes en que haya intervenido la Comisión Mixta Nacional, prevista en los conciertos con las entidades de seguro.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-12079 Leer Qué cambió
14 de mayo de 2013 BOE-A-2013-4986 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2011 Texto original Leer

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